jueves, 11 de abril de 2019

SENA Risaralda no atenderá al público los días 15, 16 y 17 de abril


La regional se acoge a la circular 028 emanada de la Secretaría General del SENA.

·         Aunque la Entidad no atenderá al público en estos tres días; sin embargo, tendrá a disposición el portal institucional www.sena.edu.co para recepción de PQRS, la línea gratuita nacional 018000910270 para orientar telefónicamente a los usuarios y la plataforma www.senasofiaplus.edu.co para los procesos de formación virtual.

Pereira, Risaralda, 11 de abril de 2018.- Teniendo en cuenta que en la semana del 15 al 21 de abril de 2019 son hábiles los días 15, 16 y 17 (lunes, martes y miércoles) la administración ha dispuesto autorizar el descanso compensado de estos tres días con el propósito de facilitar espacios de integración familiar y que contribuyan al incremento de la calidad de vida de los servidores SENA y de su grupo familiar.
Es de anotar que los instructores han compensado ese tiempo, 25.5 horas laborales, en tres sábados precedentes, entre el 2 de marzo y el 6 de abril, respetando las actividades y jornadas  para el proceso de formación profesional.
Asimismo, los empleados oficiales, diferentes a instructores, y los trabajadores oficiales, han compensado el mismo tiempo trabajando en días anteriores una hora diaria adicional para compensar las 25.5 horas mencionadas. Lo anterior, entre el lunes 4 de marzo y el lunes 8 de abril y media hora el martes 9 de abril.
Aunque la Entidad no atenderá al público en estos tres días; tendrá a disposición el portal institucional www.sena.edu.co para recepción de PQRS, la línea gratuita nacional 018000910270 para orientar telefónicamente a los usuarios y la plataforma www.senasofiaplus.edu.co para los procesos de formación virtual.
Señala Verónica Ponce Vallejo, secretaria general del SENA, para garantizar la efectividad de la función administrativa, durante los días de compensación, la Entidad no programó ni pagó horas extras ni durante los tres días hábiles anteriores y posteriores a la semana santa se concedieron permisos ni vacaciones.
Los jefes inmediatos han sido los responsables del cumplimiento de los horarios de compensación señalados en esta circular, así como adoptar los correctivos del caso si fuese necesario; como por ejemplo, si algún servidor público del SENA no se ajustó a esta circular deberá presentarse los días 15, 16 y 17 de abril a su lugar de trabajo en los horarios establecidos por la Dirección Regional o el Centro de Formación respectivo.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario