miércoles, 20 de mayo de 2020

El SENA responde las PQRS en menos tiempo que el estipulado por la ley colombiana


Así, el SENA Risaralda se ajusta a la ley 1755 de 2015, al Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano y al SIGA, Sistema Institucional de Gestión y Autocontrol.
Miércoles, 20 de mayo de 2020.- Las PQRS (Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias o Felicitaciones) son el medio para que las entidades del Estado puedan recibir retroalimentación de sus diferentes grupos de interés, logrando la participación de la ciudadanía y conseguir la satisfacción de los usuarios atendidos, además de trabajar en la mejora continua.
Tratándose de una herramienta de tanto valor por su sentido incluyente, a la Regional Risaralda ingresaron 689 PQRS en el primer trimestre de 2020 a las cuales se les dio respuesta con promesa de servicio a 530. Destacándose entre las que más ingresaron: Solicitudes (349) seguido de Peticiones (308). 
Las solicitudes que ingresan son muy variadas, entre ellas están por ejemplo, Solicitudes de reintegro, cambio de documento de identidad, cambio de información para acceder a las plataformas, retiro voluntario, certificaciones, información, entre otras” expresó Angie Tatiana Rengifo Oviedo, líder de PQRS del área de Relaciones Corporativas del SENA Risaralda.
Según la normatividad colombiana contenida en la ley 1755 de 2015 y en el decreto 491 de 2020 en el art. 5 se dio ampliación de términos dada la emergencia nacional y las peticiones de documentos o información tienen un plazo para ser respondidas de 20 días hábiles, mientras que las peticiones de consulta, 35 días hábiles; y las peticiones de interés particular o general y  peticiones de servicios pueden ser respondidas por las entidades del Estado en 30 días hábiles.
“Sin embargo, en el SENA Risaralda el tiempo de respuesta promedio en general es aproximadamente 6 días hábiles en este primer trimestre, donde específicamente para Solicitudes y Peticiones que son las que más se recibieron en la regional fue 5 y 7 días hábiles respectivamente, lo que debe representar un nivel de satisfacción para los peticionarios y destaca a la regional en su gestión” explicó Rengifo Oviedo. 
Con estas acciones administrativas el SENA se ajusta a la mencionada ley 1755 de 2015 y al Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano y al SIGA, Sistema Institucional de Gestión y Autocontrol, que exigen dar respuestas que contengan soluciones a las solicitudes.
La Entidad recibe las PQRS en el portal sena.edu.co pestaña Servicio al Ciudadano y dependiendo de la radicación que realice el peticionario se envía a la regional pertinente, todo depende del grupo de interés y el tipo de petición. http://sciudadanos.sena.edu.co/SolicitudIndex.aspx

No hay comentarios.:

Publicar un comentario